Preámbulo
Considerando
que:
Ø La proliferación actual de las disciplinas académicas y
no-académicas conducen a un crecimiento exponencial del saber que hace
imposible toda mirada global del ser humano.
Ø Sólo una inteligencia que dé cuenta de la dimensión
planetaria de los conflictos actuales podrá hacer frente a la complejidad de
nuestro mundo y al desafío contemporáneo de la autodestrucción material y
espiritual de nuestra especie.
Ø La vida está seriamente amenazada por una tecnociencia
triunfante, que sólo obedece a la lógica horrorosa de la eficacia por la
eficacia.
Ø La ruptura contemporánea entre un saber cada vez más
acumulativo y un ser interior cada vez más empobrecido conduce a un ascenso de
un nuevo oscurantismo, cuyas consecuencias en el plano individual y social son
incalculables.
Ø El crecimiento de los saberes, sin precedente en la
historia, aumenta la desigualdad entre aquellos que los poseen y los que
carecen de ellos, engendrando así desigualdades crecientes en el seno de los
pueblos y entre las naciones de nuestro planeta.
Al mismo tiempo que todos los desafíos enunciados tienen
su contraparte de esperanza y que el crecimiento extraordinario de los saberes
puede conducir, a largo plazo, a una mutación comparable al pasaje de los
homínidos a la especie humana.
Considerando
lo que precede, los participantes del Primer Congreso Mundial de
Transdisciplinariedad (Convento de Arrábida, Portugal, 2 a 7 de
noviembre de 1994) adoptan la presente Carta como un conjunto de
principios fundamentales de la comunidad de espíritus transdisciplinarios,
constituyendo un contrato moral que todo signatario de esta Carta hace
consigo mismo, fuera de toda coacción jurídica e institucional.
Artículo 1. Toda tentativa de reducir al ser humano a una
definición y de disolverlo en estructuras formales, cualesquiera que sean, es
incompatible con la visión transdisciplinaria.
Artículo
2. El reconocimiento de la existencia de diferentes niveles de realidad,
regidos por diferentes lógicas, es inherente a la actitud transdisciplinaria.
Toda tentativa de reducir la realidad a un solo nivel, regido por una única
lógica, no se sitúa en el campo de la transdisciplinariedad.
Artículo 3. La transdisciplinariedad es complementaria al
enfoque disciplinario; hace emerger de la confrontación de las disciplinas
nuevos datos que las articulan entre sí, y nos ofrece una nueva visión de la
naturaleza y de la realidad. La transdisciplinariedad no busca el dominio de
muchas disciplinas, sino la apertura de todas las disciplinas a aquellos que
las atraviesan y las trascienden.
Artículo 4. La clave de la bóveda de la transdisciplinariedad
reside en la unificación semántica y operativa de las acepciones a través y más
allá de las disciplinas. Ello presupone una racionalidad abierta, a través
de una nueva mirada sobre la relatividad de las nociones de «definición» y
«objetividad». El formalismo excesivo, la absolutización de la objetividad, que
comporta la exclusión del sujeto, conducen al empobrecimiento.
Artículo 5. La visión transdisciplinaria es decididamente
abierta en la medida que ella trasciende el dominio de las ciencias exactas por
su diálogo y su reconciliación, no solamente con las ciencias humanas sino
también con el arte, la literatura, la poesía y la experiencia interior.
Artículo 6. En relación a la interdisciplinariedad y a la
multidisciplinariedad, la transdisciplinariedad es multirreferencial y
multidimensional. Tomando en cuenta las concepciones de tiempo y de historia,
la transdisciplinariedad no excluye la existencia de un horizonte
transhistórico.
Artículo 7. La transdisciplinariedad no constituye una nueva
religión, ni una nueva filosofía, ni una nueva metafísica, ni una ciencia de
las ciencias.
Artículo 8. La dignidad del ser humano es también de orden cósmico y
planetario. La operación del ser humano sobre la Tierra es una de las
etapas de la historia del universo. El reconocimiento de la Tierra como
patria es uno de los imperativos de la transdisciplinariedad. Todo ser humano
tiene derecho a una nacionalidad, pero, a título de habitante de la Tierra,
él es al mismo tiempo un ser transnacional. El reconocimiento por el derecho
internacional de la doble pertenencia –a una nación y a la Tierra–
constituye uno de los objetivos de la investigación transdisciplinaria.
Artículo 9. La transdisciplinariedad conduce a una actitud
abierta hacia los mitos y las religiones y hacia quienes los respetan en un
espíritu transdisciplinario.
Artículo 10. No hay un lugar cultural privilegiado desde donde
se pueda juzgar a las otras culturas. El enfoque transdisciplinario es en sí
mismo transcultural.
Artículo 11. Una educación auténtica no puede privilegiar la
abstracción en el conocimiento. Debe enseñar a contextualizar, concretar y
globalizar. La educación transdisciplinaria reevalúa el rol de la intuición,
del imaginario, de la sensibilidad y del cuerpo en la transmisión de los
conocimientos.
Artículo 12. La elaboración de una economía transdisciplinaria
está fundada sobre el postulado de que la economía debe estar al servicio del
ser humano y no a la inversa.
Artículo 13. La ética transdisciplinaria rechaza toda actitud
que niegue el diálogo y la discusión, cualquiera sea su origen, ideológico,
cientista, religioso, económico, político, filosófico. El saber compartido
debería conducir a una comprensión compartida, fundada sobre el respeto
absoluto de las alteridades unidas por la vida común sobre una sola y misma
Tierra.
Artículo 14. Rigor, apertura y tolerancia son las
características fundamentales de la actitud y visión transdisciplinaria. El
rigor en la argumentación, que toma en cuenta todas las cuestiones, es la mejor
protección respecto de las desviaciones posibles. La apertura incluye la
aceptación de lo desconocido, de lo inesperado y de lo imprevisible. La tolerancia
es el reconocimiento del derecho a las ideas y verdades contrarias a las
nuestras.
Artículo final. La presente Carta de la
Transdisciplinariedad es adoptada por los participantes del Primer
Congreso de la Transdisciplinariedad, no valiéndose de ninguna otra
autoridad que aquella de su obra y de su actividad.
De
acuerdo a los procedimientos, que serán definidos de acuerdo con los espíritus
transdisciplinarios de todos los países, la Carta está abierta a
la firma de todo ser humano interesado por las medidas progresivas del orden
nacional, internacional y transnacional para la aplicación de sus artículos en
la vida.
Convento
de Arrábida, 6 de noviembre de 1994.
José ANES • André
ASTIER • Jeanne BASTIEN • René BERGER • François BIANCHI • Gérard BLUMEN • Lais
P. BRANDINI • Jorge BRITO • Jacqueline CAHEN-MOREL • Michel CAMUS • Antonio
CASTEL BRANCO • Costin CAZABAN • Laura CERRATO • Oliver COSTA DE BEAUREGARD •
Maurice COUQUIAUD • Ubiratan d'AMBROSIO • Manuel DA COSTA LOBO • Adriana DALCIN
• Nicola DALLAPORTA • Robert DE BEAUGRANDE • Marc Williams DEBONO • Isabel
María DE CARVALHOVIEIRA • Giuseppe DEL RE • Javier DE MESONE • Michele DUCLOS •
Gilbert DURAND • Ruth ESCOBAR • María FERNÁNDEZ • Raquel GONÇALVEZ • Georges
GUELFAND • Helle HARTVIG DE FREITAS • José HARTVIG DE FREITAS • Eiji HATTORI •
Phil HAWES • André JACOB • Roberto JUARROZ • Anthony JUDGE • Jacqueline KELEN •
Jacques LAFAIT • Ghislaine LAFAIT-HÉMARD • LIMA DE FREITAS • Salomon MARCUS •
Michel MATHIN • Edgar MORIN • Raúl NICOLAU • Domingo MOTTA • Edmond NOCOLAU •
Basarab NICOLESCU • Alain ORIOL • Patrick PAUL • Odette PÉTREQUIN • Jean-Marc
PHILIPPE • Patricia PROUS-LAABEYRIE • Philippe QUÉAU • Daniel RABY • Michel
RANDOM • Lucía SANTAELLA-BRAGA • Elisabeth SAPORITI • Luigi SECCO • Jules SIX •
Luis SOUSA RIBEIRO • Dominique TEMPLE • Ana María VIEIRA.
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